jueves, 10 de mayo de 2007

(a) Chevo: Archivos de la CNDH sobre Eusebio (Joel) Hernández Niño:

(secciones que intersesan en tipo de letra rojo grande)

125-U

EXP. CNDH/PDS/90/NL/N00062.000
CASO DEL SEÑOR PIEDRA IBARRA JESÚS
(A) "RAFAEL"
COMITÉ ESTUDIANTIL REVOLUCIONARIO
DE LA LIGA COMUNISTA "23 DE SEPTIEMBRE"

I. ANTECEDENTES:

Esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos radicó el expediente al rubro señalado, con motivo de la recepción del formato de escrito de queja que presentó el Comité Pro Defensa de Presos, Perseguidos, Desaparecidos y Exiliados Políticos de México, a través del cual denunció la desaparición del señor Jesús Piedra Ibarra, señalando sobre el particular, lo siguiente:

[...] que el 18 de abril de 1975, el señor Jesús Piedra Ibarra fue detenido en Monterrey, Nuevo León, por elementos de la Policía Judicial del Estado de Nuevo León al mando de Carlos G. Solana Macías, agentes que intervinieron en la detención: Javier Cortés, Manuel Meuriez, Gustavo Melo Palacios, Donato Granados Cuevas, Pedro Canizales y Ariel Salazar Castañeda, en cuyo rancho en el ejido "Los Remates" fue torturado Jesús, hecho que le valió un ascenso a Salazar Castañeda. Según testigos, Jesús fue sorprendido por la espalda por uno de los agentes mencionados que le cubrieron la boca y sujetaron fuertemente sus brazos por la espalda mientras los demás le golpeaban con los puños y las cachas de sus armas, Jesús se defendió cuanto pudo, mordió la mano que cubría su boca, pero al fin fue subido por la fuerza a un vehículo y conducido al parecer a las oficinas de la Judicial del estado. El 18 de junio de 1975 sus familiares supieron a través de una fuente de probada credibilidad que Jesús estaba en el Campo Militar Número Uno, repuesto de las salvajes torturas a que fue sometido. Permaneció allí hasta finales de 1976, fecha en que fue conducido a Santa Martha Acatitla en compañía de otros prisioneros de la misma categoría, es decir, detenidos-desaparecidos. Posteriormente se supo de diversos traslados a varias cárceles clandestinas en el país, siendo posible obtener la última información en enero de 1984, en el sentido de que se encuentra en una cárcel clandestina en el Distrito Federal. Esta información no ha sido debidamente corroborada como las anteriores, las cuales fueron proporcionadas por muchos testigos amigos de la familia de Jesús.


Por lo anterior, esta Comisión Nacional admitió la instancia, con el propósito de realizar una investigación, tendente a esclarecer los acontecimientos que permitieran confirmar la participación de las autoridades señaladas como responsables y ubicar el paradero del agraviado; y por esa razón se implementaron las siguientes:

II. ACCIONES:

1. Se giraron un total de 28 oficios, dirigidos a diversas autoridades federales y locales, entre ellas a las Procuradurías Generales de la República, de Justicia de Nuevo León y de Justicia Militar, así como a la Dirección General del Centro de Investigación y Seguridad Nacional de la Secretaría de Gobernación, con el propósito de lograr encontrar elementos de convicción que permitieran establecer la intervención de alguna autoridad o servidor público en los acontecimientos que dieron origen al expediente de queja, que consta de 489 fojas, lo cual posiblemente permitiría ubicar el paradero del señor Jesús Piedra Ibarra.

2. En diversos momentos se realizaron trabajos de campo en el estado de Nuevo León y el Distrito Federal, con la finalidad de complementar la investigación antes mencionada, donde se lograron obtener diversos testimonios y documentos públicos.

3. De igual forma se consultaron los acervos históricos del Archivo General de la Nación, Hemeroteca Nacional y diversa bibliografía que sobre el tema de Desapariciones Forzadas y de Movimientos Armados en México se han publicado.

4. Con el propósito de robustecer la investigación del caso que nos ocupa, en el mes de julio del presente año se logró obtener la autorización del titular de la Secretaría de Gobernación, para que visitadores adjuntos de esta Comisión Nacional consultaran el acervo histórico de las extintas Direcciones Federal de Seguridad y de Investigaciones Políticas y Sociales, que se encuentra bajo el resguardo del Centro de Investigación y Seguridad Nacional, así como del Archivo General de la Nación.

III. OBSERVACIONES:

La adminiculación de las pruebas obtenidas en el capítulo que antecede, permitieron establecer, los razonamientos lógico-jurídicos que llevan a concluir la existencia de violaciones a los derechos humanos del señor Jesús Piedra Ibarra; lo anterior, de conformidad a las siguientes:

A) EVIDENCIAS OBTENIDAS EN EL CENTRO
DE INVESTIGACIÓN Y SEGURIDAD NACIONAL:

Durante el periodo comprendido del 6 de agosto al 12 de septiembre del presente año, visitadores adjuntos de esta Comisión Nacional se constituyeron en las instalaciones del CISEN, donde de un total de 80 millones de tarjetas personales se practicó la consulta de 532 fichas individuales, referentes a los casos que se investigan en esta Comisión Nacional; de igual forma, se consultaron 150 expedientes que en total suman 41,200 fojas, relacionados con movimientos armados en México durante las décadas de los 70 y 80, que en esa Dependencia se encuentran siendo resguardados, de cuya búsqueda y análisis se logró distinguir la siguiente documentación sobre el caso del señor Piedra Ibarra:

1. Un oficio del 19 de abril de 1975, mediante el cual se informó, al entonces Director Federal de Seguridad, lo siguiente:

MONTERREY. Detención e interrogatorio de Jesús Piedra Ibarra (a) "Rafael" [...] En el interrogatorio que se le ha hecho hasta este momento a Jesús Piedra Ibarra, dice que es miembro de la Liga Comunista "23 de Septiembre" y que su comando lo forman Héctor Torres González (a) "Mario", quien está al frente del comando, Edmundo Medina Flores (a) "Arturo", Eufemia Belem Almanza Villarreal (a) "Dolores" y "Joaquín" a quien tiene poco de conocerlo, ya que él vino de un estado del centro de la República para reforzar el grupo al que pertenece [...] Dijo también que su domicilio o casa de seguridad actual, está en la calle de Flores Magón No. 2332 o 3223 en la última calle que esta pegada a las vías del ferrocarril en la colonia Venustiano Carranza en esta ciudad de Monterrey donde tiene parque, pintas, un rifle 243 que le fue entregado por Miguel Torres Enríquez (a) "Dr. Ulises" para que llevara a efecto la ejecución del señor Carlos Solana Macías, Director de la Policía Judicial del estado [...]

También dijo tener en su casa una metralleta M1 [...] Hace permanente también con "Joaquín" quien vino a reforzar el grupo procedente de un estado del centro de la República y con quien se estaba poniendo de acuerdo para checar la carnicería Cantú, ubicada en Amado Nervo y Tapia en esta ciudad, para asaltarla en días próximos; también estaban checando la empacadora de carnes FUD, ubicada en Espinosa y Corrales [...] dijo que de Yamira Elizabeth Fernández Maldonado (a) "Teresa" la corrieron del grupo los primeros días del mes de febrero del actual [...] con Teresa vivió en la colonia 21 de Enero antes de que la corrieran, ya que vivían en amasiato [...] Dijo también que actualmente se han dividido en tres grupos, los cuales están formados de la siguiente manera: primer grupo. Integrado por Héctor Torres González (a) "Mario"; Jesús Piedra Ibarra (detenido) (a) "Rafael", Edmundo Medina Flores (a) "Arturo", Eufemia Belem Almanza Villarreal (a) "Dolores" y el nuevo integrante a quien conoce con el sobrenombre de "Joaquín". A este grupo pertenece también Alberto Zapata Castellanos (a) "Dr. Vértiz", quien según él desertó del grupo hace 15 días [...] También dijo que participó en el asesinato del ingeniero industrial Eugenio Garza Sada y sus dos acompañantes... (sic).

2. De igual manera, se localizó un oficio del 20 de abril de 1975, en el que se informó al entonces Director Federal de Seguridad lo siguiente:

Monterrey. En relación con la aprehensión que se hizo el 19 del presente, se han podido obtener los siguientes datos: Nombre: Jesús Piedra Ibarra (a) "Rafael" [...] Principió sus actividades políticas en 1971, de concientización y discusiones, en esa facultad, conoció a Miguel Torres Enríquez, con quien discutía de política terrorista sobre expropiaciones para que fueran alicientes para que el proletariado creara conciencia y los apoyara [...] Cuando mató al patrullero Guillermo Villarreal, andaba con (a) "Arturo" en la camioneta de la Organización [...] que dentro del movimiento conoció primero a Miguel Torres Enríquez, y luego a Zapata Castellanos, después conoció a Edmundo Medina Flores (a) "Arturo", y desde ese momento principiaron a vigilar el Banco que está frente a la Facultad de Medicina, para efectuar una acción guerrillera si era bueno el plan [...] manifestó que participó en los siguientes asaltos: al utodescuento Tecnológico [...] que en esa acción utilizaron un auto que él se robó [...] en el asalto a la escuela Torres Bodet participaron Rentería, Eusebio Hernández Niño (a) "Chuy" o "Chevo", (a) "Arturo" y que él únicamente dio la información [...] que en el asalto al Autodescuento Madero, él estuvo de contención en la esquina nada más [...] los que planearon el secuestro de don Eugenio Garza Sada fueron el Gordo, Miguel Torres, Elías Orozco y él participó checando la ruta, que Estela y (a) Arturo participaron también que él estaba de contención el día de los hechos el 17 de septiembre de 1973, a 100 metros de donde fue la acción [...] que él nada más, repitió, estaba de contención [...] que en la muerte del patrullero Villarreal abrieron fuego contra éste y su pareja, tanto él como (a) "Arturo", después fueron a dejar el carro Galaxie a las mitras [...] que en el asalto a la Casa La Daga, participaron (a) "Güero", (a) "El Carnal", (a) "Chevo", Rentería, (a) "Federico", él, (a) "Rogelio" [...] que él planeo junto con los otros este asalto [...] en el asalto a la panificadora Bimbo participaron "El Güero", "El Carnal", Federico, Chevo y Zapata de contención junto con Piedra [...] en el asalto a la Caseta de Policía de la colonia El Nogalar [...] en los hechos de la colonia Terminal participaron él, Estela, Edmundo Medina, Zapata Castellanos, (a) "Mario" [...] que él utilizó una M-1, la cual abandonó junto con una camisa adelante del lugar de los hechos y que en este enfrentamiento salió herido en el brazo derecho [...] en los hechos ocurridos en el Autodescuento Obispado participaron Miguel Torres Enríquez, (a) "El Carnal", Chevo, Rentería, El Güero, Rogelio y él [...] que en Laredo participó en un asalto a un Banco en el cual participaron también Rubén y un chavo que no conoce [...] que en el asalto a la gasolinera 2000 participaron él y (a) Mario y para huir utilizaron un carro de la gasolinera [...] el asalto a Súper y Panificadora Tec lo realizaron Rentería y Rogelio, él únicamente les dio los datos [...] el asalto a la gasolinera de Tapia y Juan Méndez lo realizaron El Güero, Chuy, Rogelio, Rubén, él únicamente estaba a una cuadra de este lugar, junto con El Carnal en contención [...] el grupo donde él actuaba está formado por Mario, la esposa de éste, Dolores, Arturo, él y Joaquín así como Rubén [...] que los volantes que reparten los hacen Medina Flores y (a) Mario, él se encarga de las reuniones [...] que su casa de seguridad la tiene en la calle de Flores Magón 2339 Norte [...] en su casa tiene una M-1, parque, tinta, papel, una cama, libros, un radio, una cómoda, una sala, un rifle calibre .243 y $3,000.00 o $3,500.00 [...] las expropiaciones pendientes que tienen son la de la FUD [...] el asalto al Pastor, fue cometido por Rubén, él, y Mario, [...] de la lista de las placas de los carros de la Policía Judicial que fue encontrada en su casa, informa que ésta fue hecha por (a) Teresa [...] de los planos que se encontraron en su casa y los cuales pertenecen a tres industrias del poniente manifiesta que los tenía para repartir programas y propaganda [...] que el hizo dos viajes a la ciudad de México antes de entrar al clandestinaje acompañando al Gordo Ángel y después hizo dos viajes más [...] se hace notar que éstos son todos los datos que se han obtenido en la investigación a (a) "Rafael" [...] Se sigue investigando (sic).

3. Se localizó igualmente un oficio del 20 de abril de 1975, elaborado por el entonces Director Federal de Seguridad, en el que se transcribe el contenido del documento mencionado en el punto que antecede.

4. Asimismo, se encontró un documento sin firma, nombre o cargo del emisor, del 19 de abril de 1975, que contiene los mismos datos que se mencionan en el punto número dos.

5. Un documento, del 19 de abril de 1975, dirigido al entonces Director Federal de Seguridad, donde se señala lo siguiente:

Monterrey, Nuevo León. Hoy a las 19.00 horas fue cateada la casa de seguridad que habitaba Jesús Piedra Ibarra (a) "Rafael", miembro de la Liga Comunista "23 de Septiembre" [...] en dicha casa se encontró parque de diferentes calibres como son 128 cartuchos calibre 45, 280 cartuchos calibre M-1, se encontró también una pistola revolver Magnum marca Smith and Wesson Chester matrícula 16086, una pistola de diábolos calibre 22 marca Smith and Wesson matrícula Q021597 [...] se continúa investigando (sic).

6. Un documento elaborado por el entonces Director Federal de Seguridad de fecha 19 de abril de 1975, en el que se transcribe el contenido del documento señalado en el punto que antecede.

7. Un documento sin fecha, firma, nombre o cargo del emisor, en el que se menciona, entre otras, cosas lo siguiente:

Jesús Piedra Ibarra. Este individuo ha sido identificado como miembro de la Liga Comunista "23 de Septiembre", actuando en Monterrey, Nuevo León [...] el 19 de febrero de 1975, en la ciudad mencionada resultó heri do en un enfrentamiento que sostuvo contra agentes de la Policía Judicial de dicha entidad, cuando éstos intentaban catear el domicilio ubicado en las calles de Ricardo Flores Magón número 2339, en la colonia Venustiano Carranza [...] a las 6:30 horas del 19 de febrero estando en ese lugar se acercó un automóvil [...] del que descendieron 3 sujetos quienes al sentir la presencia de los agentes intempestivamente hicieron fuego en su contra [...] y se oyó una voz que gritaba a otra "Rafael tu sal y entrega tu pistola" y se observó que un individuo joven [...] repentinamente mostró su pistola y la accionó en contra de la policía en repetidas ocasiones la que contestó al fuego, percatándose de que hirió a ese individuo en la cabeza, cayendo éste al suelo y desprendiéndose de su pistola [...] y en ese momento se vio cómo fue subido al Ford Maverick (a) "Rafael" que emanaba sangre de la boca y nariz [...] existe la presunción del que herido sea Jesús Piedra Ibarra por que su media filiación de acuerdo con los agentes corresponden a su fotografía (sic).

8. Se localizó un documento de fecha 14 de julio de 1977, dirigido al entonces Director Federal de Seguridad, en el que se señala lo siguiente:

Tampico. El personal de la maderería "La Consolidada" de esta ciudad, sobre todo dos cajeras y el gerente de dicha empresa [...] identificaron como presuntos asaltantes de la maderería y del Banco Nacional de México (camioneta), identificaron a José Luis Carrillo Gutiérrez y Jesús Piedra Ibarra, como participantes en ese asalto (sic).

9. Un documento de fecha 11 de mayo de 1980, en el que se menciona lo siguiente:

Monterrey. El día 11 del presente, en el periódico local El Norte, se publicó una nota con el siguiente encabezado: "Piedra, es parecido al Comandante 1", cuyo texto es el siguiente: Varios fisonomistas, dijeron encontrar un gran parecido de Jesús Piedra Ibarra, con el Comandante 1, jefe de los guerrilleros colombianos del grupo M-19 [...] el parecido es extraordinario (sic).

Resulta oportuno señalar que dentro de las constancias que a esta Comisión Nacional obsequió el Centro de Investigación y Seguridad Nacional de la Secretaría de Gobernación, se encuentra la ficha de identificación personal del señor Jesús Piedra Ibarra, de cuyo contenido se transcribe sustancialmente lo siguiente:

Fue detenido en Monterrey, Nuevo León, el 19 de abril de 1975. Presuntamente fue identificado como el Comandante 1, jefe de los guerrilleros colombianos del grupo M-19, según publicó el periódico El Norte de Monterrey el 12 de mayo de 1980. Miembro de la Coordinadora Nacional de la Liga Comunista "23 de Septiembre".

B) DILIGENCIAS PRACTICADAS EN EL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN:

De la investigación realizada en el Archivo General de la Nación, del 7 al 21 de septiembre de 2001, en lo relativo al acervo histórico de las extintas Direcciones, Federal de Seguridad y la de Investigaciones Políticas y Sociales, se analizó un catálogo de 3,308 cajas que contienen información generada por las citadas dependencias durante las décadas de los 70 y 80, de las cuales fueron consultadas 182 cajas que se componen de un total de 1,130 legajos, ubicando los siguientes documentos en donde se menciona el caso del señor Jesús Piedra Ibarra:

1. Un oficio emitido el 13 de mayo de 1974, por el entonces titular de la extinta Dirección Federal de Seguridad, sin nombre del destinatario, en el cual sustancialmente mencionó lo siguiente:

Monterrey. El día de hoy a las 11.15 horas, elementos de la Policía Judicial, en la esquina que forman las calles Nueva Rosita y Madero, tuvieron un enfrentamiento a balazos con 4 guerrilleros, cuando los primeramente citados trataban de detenerlos en un automóvil marca Renault, color rojo, placas TPM-195 del estado de Puebla, cuyos tripulantes se dieron a la fuga [...] cabe señalar que el auto marca Renault, color rojo con placas de Puebla, se le trató de interceptar, ya que anteriormente lo tripulaba Jesús Piedra Ibarra, elemento subversivo ampliamente identificado (sic).

2. De igual forma, se logró localizar un segundo documento suscrito por el entonces titular de la Dirección Federal de Seguridad, fechado el 20 de mayo de 1974, en el cual señaló que:

[...] la Policía Judicial del estado que lleva al cabo una campaña en contra de los miembros del Frente de Liberación Nacional y del Comité Estudiantil Revolucionario, que tratan de cubrir las actividades de los guerrilleros que encabezan en la entidad Jesús Piedra Ibarra y Edmundo Medina Flores (a) "Arturo" (sic).

C) TESTIMONIOS OBTENIDOS POR LA CNDH:

Como resultado de los trabajos de campo que visitadores adjuntos de esta Comisión Nacional realizaron en el estado de Nuevo León, se logró ubicar, en la ciudad de Monterrey, a T-237, T-115 y T-123, a quienes con motivo de los acontecimientos que dieron origen a la presente investigación, se procedió a recibir su testimonio, de los cuales sustancialmente se transcribe lo siguiente:

1. T-237 manifestó el día 10 de enero de 1991, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, que:

Recuerda que cuando inició a prestar sus servicios en la Policía Judicial del estado esta Comisión daba apoyo a la Dirección Federal de Seguridad en algunos asuntos especiales y por entonces se encontraba de delegado de la Dirección Federal de Seguridad en esta ciudad de Monterrey Ricardo Condell Gómez quien se desempeñaba en ese cargo desde hacía aproximadamente veinte años y es el caso de que cuando se requería apoyo para algún asunto de la mencionada Dirección de Seguridad este señor daba directamente las órdenes al personal que tenía bajo su mando y que pertenecía a la propia Dirección Federal de Seguridad pero, en virtud de que el externante y algunos otros compañeros de la Policía Judicial del estado se encontraban comisionados apoyar al delegado Condell Gómez y a su gente, le tocó conocer directamente respecto del caso de Jesús Piedra Ibarra quien aproximadamente desde principios del año de 1973 era buscado por la Dirección Federal de Seguridad [...] que en el año de 1975, aproximadamente por el mes de abril, el declarante y todos los compañeros comisionados bajo las órdenes del señor Condell Gómez recibieron de éste instrucciones en el sentido de que debían montar guardia permanente de la 19:00 a las 20:00 horas en las calles de Arteaga y Félix U. Gómez [...] Para lo cual ordenó Condell Gómez que al frente del operativo fuera el señor Carlos Álvarez quien era efectivo de la Dirección Federal de Seguridad de la Secretaría de Gobernación, y que en el mismo participarían entre otros los siguientes compañeros Gustavo Melo Palacios, agente de la Policía Judicial del estado, Manuel Mauries, T-115, Pedro Canizales Sánchez y el deponente, todos éstos pertenecientes a la Policía Judicial del estado, comisionados bajo las órdenes del delegado de la Dirección Federal de Seguridad, y de esta última Comisión como ya lo dijo el señor Carlos Álvarez y que también recuerda que participaron elementos de séptima zona militar, siendo un total de cerca de 18 elementos y que las instrucciones que el señor Carlos Álvarez dio a los aproximadamente 18 compañeros que iban a trabajar en ese operativo fueron las siguientes [...] que se debía de aprehender vivo por que así lo querían en México los de la Dirección Federal de Seguridad [...] y que se dispersaran en grupos de tres en un perímetro aproximado de cien metros aledaños al cruce de las calles de Arteaga y Félix U. Gómez, y a partir de que fue recibida la orden se montó guardia por espacio de dos a tres días, hasta que en el último día [...] siendo aproximadamente entre las 20:00 y 21:00 horas, el de la voz estaba como esperando el camión y al voltear hacia su lado derecho vio que ahí se encontraba parado un sujeto que concordaba con la media filiación de Jesús Piedra Ibarra e incluso vestía guayabera por lo que de inmediato fijó su atención hacia dicho sujeto, a quien identificó plenamente como Jesús Piedra Ibarra [...] y en ese momento Jesús Piedra Ibarra, al darse cuenta de que el deponente se le quedaba mirando, dio dos o tres pasos hacía atrás repegándose a una barda [...] en ese momento pasó un camión de transporte urbano el cual iba a alta velocidad y entonces el de la voz aprovecho [...] se abalanzó sobre Jesús Piedra Ibarra abrazándolo a la altura del pecho sujetándole los dos brazos [...] en ese momento llegó T-115 compañero del declarante al cual le dijo el de la voz métele la mano aquí por el ombligo trae la pistola [...] por lo que de inmediato T-115 metió la mano y al sacarle la pistola hacía arriba Jesús Piedra Ibarra le mordió la primer falange del dedo índice de la mano derecha [...] e inmediatamente llegaron en auxilio los agentes Gustavo Melo Palacios y Benjamín "N", quienes ayudaron al deponente a sujetar a Jesús Piedra Ibarra [...] acto seguido, el emitente y sus compañeros condujeron a Jesús Piedra Ibarra hasta un vehículo de los que traían [...] emprendiendo de inmediato su traslado a las oficinas de la Delegación de la Dirección Federal de Seguridad

[...] y durante este trayecto al revisar a Jesús Piedra Ibarra se le encontraron siete cargadores abastecidos para pistola calibre 45 los cuales traía adheridos al cuerpo mediante una fajilla a la altura del pecho [...] y una vez que llegaron a la oficina con el detenido recibieron la orden de trasladarlo a un rancho y naturalmente esta orden la dio don Ricardo Condell Gómez al señor Carlos Álvarez quien la transmitió al deponente y acompañantes [...] y que dicho rancho se ubica en las cercanías del Municipio de Higueras, Nuevo León [...] al poco rato de que llegaron el emitente y sus compañeros con el detenido empezó a llegar más gente, tanto como de la Dirección Federal de Seguridad, como de la Policía Judicial del estado y de la Séptima Zona Militar entre los cuales se encontraban: Jorge Fernández, Carlos Álvarez y el señor Ricardo Condell Gómez, éstos de la DFS, Gustavo Melo Palacios, Manuel Mauries, Donato Granados Cuevas, Benjamín "N", Carlos Solana (Director de la Policía Judicial del estado) los anteriores pertenecientes a esta corporación, así como Jesús Barbosa [...] en los que se incluían personal de la Séptima Zona Militar [...] el de la voz y sus compañeros introdujeron al detenido en uno de sus cuartos [...] en donde Jesús Piedra Ibarra se sentó y que para esos momentos ya tenía atadas las manos [...] una vez que estuvo Jesús Piedra Ibarra dentro del cuarto al que lo metieron le dijo al declarante "¿cómo te llamas?" [...] y en ese momento entró don Ricardo Condell Gómez, Carlos Álvarez y otras personas a quienes dejaron custodiando al detenido, y entonces don Ricardo Condell llamó al de la voz diciéndole: "está usted muy nervioso [...] váyase que lo lleven a descansar" [...] y una vez que se determinó quien llevara al deponente a la oficina por su carro se retiró del lugar sin volver a saber nada más de este caso [...] comentando con los compañeros le dijeron que la persona aquella que había detenido ya estaba en el Campo Militar Número Uno en la ciudad de México (sic).

2. El ofrecido el 10 de enero de 1991, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, por T-115, en el que se destacó lo siguiente:

[...] a mediados del año de mil novecientos setenta y cuatro, fue comisionado por la Dirección General de la Policía Judicial del estado, para que prestará sus servicios apoyando a la delegación de la Dirección Federal de Seguridad [...] con sede en esa ciudad de Monterrey de la cual era delegado Ricardo Condell Gómez, de quien el emitente recibía órdenes directamente o en su lugar las recibía del señor Carlos Álvarez [...] existían varios asuntos pero en especial recuerda el caso relacionado con el señor Jesús Piedra Ibarra quien era buscado por la Dirección Federal de Seguridad [...] se sabía que era miembro de la Liga "23 de Septiembre" [...] e incluso se sabía que Jesús Piedra Ibarra había tomado parte en el intento de secuestro y homicidio del señor Eugenio Garza Sada [...] razones por las cuales existía en la Dirección Federal de Seguridad la orden de aprehenderlo [...] cuando el señor comandante Condell Gómez ordenó a todo el personal de la Dirección que se pusiera especial atención en este sujeto indicándole al señor Carlos Álvarez que se formara un grupo de agentes tanto de los efectivos de la Dirección Federal de Seguridad, como de los comisionados con la finalidad de realizar un operativo [...] para lo cual Condell Gómez como ya dijo el deponente ordenó a Carlos Álvarez que se formará el grupo que quedó integrado por algo así de dieciséis o veinte personas entre los que recuerda el deponente estaban T-237, Gustavo Melo, Manuel Maurice y un Benjamín, Jesús Barbosa a quien le decían el "Chiquilín", todos éstos comisionados de la Judicial del estado a la Dirección Federal de Seguridad y por parte de la Dirección antes citada y al mando del operativo Carlos Álvarez, Arturo Meza, Jorge Fernández [...] que sí recuerda que también había personal de la Séptima Zona Militar entre los que estaba Alfredo Mazcorro, y una vez que se integró este grupo Carlos Álvarez les trasmitió las instrucciones [...] que de ninguna manera lo fueran a herir o matar por que en México la Dirección Federal de Seguridad lo quería vivo [...] a mediados del mes de abril de 1975 se inició el operativo que había sido ordenado el cual no duró más de tres días porque al tercer día o al segundo de estar montando la vigilancia ordenada por T-237 quien con el de la voz y Gustavo Melo Palacios formaban uno de los grupos de vigilancia a Jesús Piedra Ibarra, y de inmediato lo agarró abrazándolo, y esto fue exactamente en el Ochavo o esquina que forman las calle de Félix U. Gómez y Arteaga pegado a una barda que ahí se ubica y como yo me encontraba muy cerca del lugar donde estaba parado T-237 [...] de inmediato me di cuenta de que él había agarrado a un sujeto con el cual estaba forcejeando y como yo estaba aproximadamente a dos metros de inmediato corrí a auxiliarlo, y al llegar T-237 me dijo sácale la pistola [...] cuando finalmente pude agarrarle la pistola [...]

con los movimientos que hacía alcanzó a morderme la punta del dedo índice de la mano derecha con la que sustraje la pistola [...] y en ese momento en que me había mordido el dedo llegaron los compañeros Gustavo Melo y Benjamín quienes al sujetarlo lograron que me soltara el dedo [...] acto seguido los compañeros T-237 y Gustavo Melo y Benjamín se llevaron a Jesús Piedra Ibarra hacía el vehículo más cercano que teníamos [...] con la finalidad de conducirlo a las Oficinas de la Federal de Seguridad de esta ciudad de Monterrey, Nuevo León [...] una vez que estuvimos ahí yo personalmente escuché y estuve presente cuando Carlos Álvarez informó a Ricardo Condell Gómez que había salido afirmativo el trabajo, es decir que se había logrado la captura de Jesús Piedra Ibarra [...] y luego de lo anterior Condell Gómez descolgó el teléfono y empezó a marcar a México, en tanto que el detenido estaba ahí presente en la Oficina y al entablar comunicación dijo esto: "Tenemos a P. I. y luego de decir esto colgó el auricular y nos dijo: muchachos los manda felicitar el señor Miguel Nazar Haro y mañana mismo viene" [...] y luego de esto me fui a ver al doctor Guadalupe González (sic).

3. El testimonio rendido por T-123 en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, el 11 de enero de 1991, del que se destaca lo siguiente:

[...] que es propietario del rancho denominado "La Peña" que se ubica dentro de la jurisdicción del municipio de Higueras [...] desde hace aproximadamente 30 años [...] conoció personalmente al señor Ricardo Condell Gómez, aproximadamente desde el año de mil novecientos cuarenta y cuatro [...] que dada la amistad que siempre se habían tenido le ofreció su casita del rancho para cuando él quisiera hacer uso de ella con fines de descanso [...] por el mes de abril de mil novecientos setenta y cinco el señor Sabás que cuidaba su rancho le dijo al deponente que por esos días habían ido muchas personas empistoladas al rancho y que entre ellas estaba el señor Ricardo Condell Gómez y el señor Carlos Álvarez y que habían estado ahí durante la noche porque cuando Sabás se fue para Higueras a su casa, ellos todavía se quedaron y había mucho movimiento de gente armada y vehículos y que aproximadamente tres días después de que Sabás le hizo este comentario el doctor José Guadalupe González González, le platicó que había ido a la Dirección Federal de Seguridad de esta localidad porque así se lo había pedido el señor Ricardo Condell Gómez, para que hiciera un reconocimiento médico de Jesús Piedra Ibarra que lo había detenido la Dirección Federal de Seguridad con auxilio de la Policía Judicial del estado, y que le urgía que le extendiera el Certificado Médico correspondiente porque se lo iban a llevar a la ciudad de México, [...] el declarante concluyó que a quien habían tenido en su rancho el señor Condell Gómez y su gente era a Jesús Piedra Ibarra, pero aclara el de la voz que el nunca lo vio (sic).

IV. CONCLUSIONES:

Después de analizar y valorar el contenido de las evidencias antes descritas, éstas permiten confirmar que servidores públicos de la extinta Dirección Federal de Seguridad incurrieron en un ejercicio indebido del cargo al detener arbitrariamente y retener ilegalmente al señor Jesús Piedra Ibarra, en atención a los siguientes razonamientos:

a) Posterior al análisis de las evidencias contenidas en el capítulo que antecede, se observó que la extinta Dirección Federal de Seguridad fue la autoridad que el 19 de abril de 1975 detuvo al señor Jesús Piedra Ibarra, quien no fue puesto a disposición de la autoridad inmediata una vez lograda su detención; esto es, no fue trasladado ante el órgano de procuración de justicia correspondiente, a efecto de que éste se encargara de resolver su situación jurídica; y con tal inobservancia le fueron conculcadas sus garantías de seguridad jurídica y de defensa, contenidas en los artículos 16 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

b) La extinta Dirección Federal de Seguridad, lejos de cumplir con la obligación antes citada, se tomó atribuciones de las que legalmente no se encontraba facultada, al someter a interrogatorios al agraviado, según se desprende de las evidencias y testimonios contenidos en el capítulo de observaciones, contraviniendo de esta forma los preceptos constitucionales ya mencionados en el párrafo que antecede.

c) No pasa desapercibido para esta Comisión Nacional el cateo que practicó la citada autoridad en el domicilio habitado por el agraviado sin la correspondiente orden judicial necesaria, incumpliendo de esta forma con el procedimiento legal establecido para ese tipo de diligencias.

d) Aunado a lo anterior, se atribuye a la extinta Dirección Federal de Seguridad la desaparición forzada del señor Jesús Piedra Ibarra, en virtud de que la última noticia de su paradero es que se encontraba siendo interrogado por la mencionada autoridad el día 19 de abril de 1975, fecha a partir de la cual no se cuenta con otro registro oficial de su paradero.

No es óbice para llegar a la anterior determinación, el hecho de que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional de la Secretaría de Gobernación haya informado a esta Comisión Nacional, a través de la ficha de identificación personal del señor Jesús Piedra Ibarra, elaborada originalmente por la Dirección Federal de Seguridad, que éste presuntamente fue identificado como el "Comandante 1", jefe de los guerrilleros colombianos del grupo M-19, en el mes de mayo de 1980, debido a que al no haber localizado esta Comisión Nacional en el acervo histórico de la Dirección Federal de Seguridad algún documento que acredite que el agraviado fue puesto en libertad, presentado ante las autoridades competentes, o que fue sujeto a juicio alguno, e incluso que se tenga registrado su ingreso o egreso en alguna Institución penitenciaria, resulta imposible validar dicha versión puesto que para que la circunstancia contemplada en la ficha de referencia se materialice es requisito sine qua non que el agraviado hubiese recobrado su libertad.

Tampoco resulta congruente la información plasmada en la ficha personalizada del agraviado en el sentido de que éste resultó gravemente herido en un enfrentamiento con la Policía Judicial del Estado de Nuevo León, el día 19 de febrero de 1975, cuando éstos intentaron catear el domicilio ubicado en las calles de Ricardo Flores Magón, número 2339, en la colonia Venustiano Carranza, puesto que como ha quedado acreditado en el capítulo de evidencias, el citado domicilio fue cateado el día 19 de abril de 1975, fecha ésta en la que el señor Jesús Piedra Ibarra se encontraba detenido y sujeto a interrogatorios por elementos de la Dirección Federal de Seguridad, por lo que la versión del enfrentamiento carece de veracidad.

El estudio y análisis de las evidencias antes mencionadas llevan a concluir que la actuación de la extinta Dirección Federal de Seguridad, a quien se acredita responsabilidad por haber vulnerado los derechos humanos del señor Jesús Piedra Ibarra, al quebrantar el Estado de Derecho en la forma precisada, le conculcó al agraviado el derecho a gozar de las prerrogativas que como ser humano le corresponden, en particular quedó acreditada la violación al derecho a la seguridad jurídica y defensa, así como a gozar de una vida digna en estado de plena libertad, máxime que de las constancias precisadas con antelación no se desprendió que existiera alguna causa legal ni determinación judicial que autorizara la limitación de esos derechos.

En ese orden de ideas, esta Comisión Nacional concluye que al señor Jesús Piedra Ibarra le fueron conculcados sus derechos a la seguridad jurídica, a la libertad e inJustificar a ambos ladostegridad personal y de adecuada defensa, previstas en los artículos 1o., 11, 14, 16, 20 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo cual se traduce en una transgresión a su derecho a la libertad, a la seguridad e integridad de su persona, de igualdad ante la ley, de justicia, de circulación y residencia, de protección contra la detención arbitraria, así como el de proceso regular, protegidos en los artículos 1, 5, 7, 8, 11 y 22, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, I, II, XVIII, XXV y XXVI, de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, así como 2.1, 3, 5, 7, 9, 11.1 y 13.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

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