jueves, 10 de mayo de 2007

Declaraciones de María Trinidad Quintero López en los contratos de promesa de compraventa

ANEXO UNICO:

- INICIO DE DECLARACIONES -

I. DECLARA EL PROMITENTE VENDEDOR:

a) Que es que es el legítimo poseedor y propietario de un lote de terreno con superficie de 31,180.92 M2 (treinta y un mil ciento ochenta metros cuadrados, noventa y dos decímetros cuadrados) ubicado al norte de esta ciudad en las playas de La Escopama, que tiene las siguientes medidas y colindancias: al norte 209.15 metros lineales con resto de la propiedad; al sur 223.59 metros lineales con resto de la propiedad; al oriente 144.00 metros lineales con camino de acceso, resto de la propiedad de por medio y al poniente 133.68 metros lineales con playas del oceano pacífico, zona federal de por medio. Este lote es una fracción de un predio mayor adquirido mediante escritura pública número (1868) mil ochocientos sesenta y ocho, de fecha (5) cinco de octubre de (2001) dos mil uno, pasada en el libro (1) uno, volumen (VIII) octavo, del protocolo a cargo del Notario Público de ésta ciudad, licenciado Manuel G. Guzmán Sánchez, inscrita bajo el número (65) sesenta y cinco, del tomo (636) seiscientos treinta y seis, sección (I) primera, de fecha (30) treinta de octubre de (2001) dos mil uno, del registro público de la propiedad de ésta municipalidad de Mazatlán, Sinaloa.-
b) Que el lote antes descrito quedará sujeto a régimen de propiedad en condominio y que dicho condominio que se denominará “Villas de Guadalupe” y quedará dividido de la siguiente forma: 53 lotes, todos ellos con la superficie de 450.00 M2, con 15.00 metros de frente por 30.00 metros de fondo; exceptuando los lotes número 14, 15, 16, 17, 18, 19, 40 y 41; los cuales tendrán 542.61 M2, 402.41 M2, 403.74 M2, 403.74 M2, 400.92 M2, 518.46 M2, 377.45 M2 y 451.31 M2 respectivamente en forma irregular. Formándose así 53 lotes con al menos uno de sus frentes a una calle de 9.00 metros de ancho que será realizada en terracería con espacio para banquetas a ambos lados de 1.50 metros de ancho cada una, y que se establecerá una franja de playa privada de 133.68 metros de frente por 8.13 y 16.48 metros de fondo en cada uno de sus extremos, para su uso común exclusivo de los condóminos, colindando ésta con la zona federal. Conforme lo ilustra y describe el plano que se acompaña al presente.-
c) Respecto a los servicios, cada lote contará con su acometida de energía eléctrica, siendo el promitente comprador responsable por los gastos que originen su contratación individual con la dependencia correspondiente. Será responsabilidad también del promitente comprador la realización e instalación del tanque séptico, aljiver individual y el uso, función y mantenimiento de los mismos.-
d) El promitente vendedor estará en condiciones de dar acceso a EL LOTE al promitente comprador a más tardar el día 15 de junio de 2004.-
e) Que el señor LUIS ALBERTO ALCARAZ SANDOVAL acredita la existencia de la sociedad propietaria y su carácter de apoderado general de la misma sociedad con el testimonio de la escritura número (1721) mil setecientos veintiuno, libro (1) uno, del volumen (VII) séptimo del protocolo del Notario Público número (18) dieciocho del Estado de Sinaloa licenciado MANUEL G. GUZMAN SANCHEZ de fecha (14) catorce de julio de (2000) dos mil, inscrita bajo el número (166) ciento sesenta y seis, del tomo (CL) ciento cincuenta, libro (3) tres, de fecha (17) diecisiete de septiembre de (2001) dos mil uno, del registro público de la propiedad de ésta municipalidad de Mazatlán, Sinaloa.-
f) Que hasta el momento de haber sido liquidado por el promitente vendedor en su totalidad el precio pactado y consignado en este documento, y hasta el momento de ser otorgada de parte del promitente vendedor la escritura pública defintiva, el promitente vendedor se reserva el dominio del inmueble objeto de esta operación de compraventa.

Mazatlán, Sinaloa, a 15 de junio de 2003.-

II. DECLARA EL PROMITENTE COMPRADOR:

a) Que tiene capacidad jurídica para contratar y que es su deseo obligarse en los términos de la presente promesa de compraventa.
b) Que conoce físicamente EL LOTE, y que está de acuerdo con las medidas y colindancias con las que quedará conformado, así como con las servidumbres y servicios con que contará, mismas que se describen en los incisos b) y c) de la declaración anterior, mismas que en obvio de repeticiones se tienen por insertadas en el presente párrafo, conforme a lo ilustra y describe el plano que acompaña al presente.
c) Que a solicitud del PROMITENTE VENDEDOR, se compromete a enterar la cantidad que importe el costo de construir una calle de concreto hidráulico con superficie total de 5,634.70 M2 cinco mil seiscientos treinta y cuatro metros cuadrados, setenta decímetros cuadrados, de 9.00 nueve metros de ancho y 469.55 cuatrocientos sesenta y nueve metros lineales, cincuenta y cinco centìmetros lineales de largo, con banquetas de 1.50 metros de ancho a cada lado de la misma, que llevará ocultas las instalaciones para conducción del agua potable y drenaje, así como las de conducción eléctrica, dividido entre 53, es decir, la proporción exacta del costo total de la obra descrita en éste párrafo tocante única y exclusivamente al lote que compra el día de hoy.
d) Que hasta el momento de haber sido liquidado por el promitente comprador en su totalidad el precio pactado y consignado en este documento, y hasta el momento de ser otorgada de parte del promitente vendedor la escritura pública definitiva, el promitente vendedor se reserva el dominio del inmueble objeto de ésta operación de compraventa.

Expuesto lo anterior, ambas partes declaran estar de acuerdo en celebrar la presente promesa de compraventa.

Mazatlán, Sinaloa, a 15 de junio de 2003.-

- FIN DE LAS DECLARACIONES -

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